home-esp-end2023-01-11T01:43:36+00:00

OFICINA

1-786-391-3721

FAX

1-786-513-2288

HORARIO LABORAL

9:00 AM – 6:00 PM

OFICINA

1-786-391-3721

FAX

1-786-513-2288

HORARIO LABORAL

9:00 AM – 6:00 PM

SOBRE NOSOTROS

CASTELLON | HALLOUN es una firma de contadores públicos con más de 30 años de experiencia, sus directores y asociados comenzaron sus carreras en contabilidad pública con las «Cuatro Grandes» firmas internacionales de contabilidad.
CASTELLON | HALLOUN tiene amplia experiencia en servicios de asesorías fiscal y comercial. Con frecuencia somos consultados por personas y empresas extranjeras para ayudarlos a seleccionar la mejor estructura para hacer negocios en USA.

¡Suscríbete a nuestro boletín y mantente actualizado con las últimas noticias!

ELECTRICAL SERVICES

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Vestibulum vestibulum quis metus sodales ullamcorper. Vivamus eu sodales sapien, sit amet rhoncus nisi. Curabitur luctus ipsum ac magna ultricies imperdiet.

Energy Survey

In sit amet urna dapibus, pretium nisi nec, imperdiet velit maecinas Dapibus augue mi sit amet bibend ets viverra.

Emergency Lighting

In sit amet urna dapibus, pretium nisi nec, imperdiet velit maecinas Dapibus augue mi sit amet bibend ets viverra.

Electrical Testing

In sit amet urna dapibus, pretium nisi nec, imperdiet velit maecinas Dapibus augue mi sit amet bibend ets viverra.

Cable Networking

In sit amet urna dapibus, pretium nisi nec, imperdiet velit maecinas Dapibus augue mi sit amet bibend ets viverra.

Security & Access

In sit amet urna dapibus, pretium nisi nec, imperdiet velit maecinas Dapibus augue mi sit amet bibend ets viverra.

Project Management

In sit amet urna dapibus, pretium nisi nec, imperdiet velit maecinas Dapibus augue mi sit amet bibend ets viverra.

Miembro de ICG


CASTELLON | HALLOUN es miembro fundador de ICG-International Consulting Group. ICG es una coalición de prestigiosas firmas contables, legales y de consultoría en América, Europa y Asia.

TESTIMONIALS

Thank you for your very professional and promt response. I wish I had found you before I spent money on a competitors theme.

Lucy Smith, Big Media Co

You we’re very professional and quick. We will recommend your services to our friends.

Andy Jones, My Business

We had floods in our town and we lost our electricity. You and your team got us back up and running in no time. Thanks Avada!

Cary Watson, Donna Muffet

OUR BLOG

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Vestibulum vestibulum quis metus sodales ullamcorper. Vivamus eu sodales sapien, sit amet rhoncus nisi. Curabitur luctus ipsum ac magna ultricies imperdiet.

La tasa del impuesto estatal sobre las ventas para alquileres, arrendamientos o licencias para usar bienes inmuebles disminuye a 5.5% el 1 de enero de 2020.

noviembre 6th, 2019|

A partir del 1 de enero de 2020, la tasa de impuestos estatales sobre las ventas impuesta bajo la sección 212.031, Estatutos de la Florida, sobre el alquiler total cobrado por alquilar, arrendar, alquilar o otorgar una licencia para usar bienes inmuebles se redujo de 5.7% a 5.5%. Algunos ejemplos de alquileres de bienes inmuebles sujetos a impuestos bajo la sección 212.031, Estatutos de la Florida, incluyen oficinas comerciales o locales comerciales, almacenes y unidades de autoalmacenamiento o mini almacenes. El alquiler total cobrado incluye todas las contraprestaciones adeudadas y pagaderas por el inquilino al arrendador por el privilegio o derecho de usar u ocupar la propiedad real. La opción local de recargo por ventas discrecionales impuesta por el condado donde se encuentra la propiedad continúa aplicando al alquiler total cobrado. El impuesto sobre las ventas se debe a la tasa vigente durante el tiempo que el inquilino ocupe o tenga derecho a ocupar los bienes inmuebles, independientemente de cuándo se pague el alquiler. Los cargos de alquiler pagados a partir del 1 de enero de 2020, para los períodos de alquiler anteriores al [...]

El presidente Trump Firma el Acta para el Contribuyente Primero:

julio 16th, 2019|

El 1 de julio, el presidente promulgó la Ley del contribuyente primero de 2019 (la Ley) (P.L. 116-25), que cambia la administración y la supervisión del IRS con el objetivo de mejorar el servicio al cliente y el proceso para ayudar a los contribuyentes con las apelaciones; modifica la organización del IRS; y proporciona algunas nuevas garantías a los contribuyentes en sus interacciones con el IRS. Como se explica en este artículo, la firma del presidente establece la fecha de entrada en vigencia de las disposiciones que tienen una fecha efectiva orientada a la fecha de promulgación del 1 de julio de 2019, incluidas estas disposiciones más ampliamente aplicables: Establecimiento de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS. La Ley codifica los requisitos de una función administrativa independiente de apelaciones en el IRS (estas reglas se habían incluido en las reglas internas del IRS). Al hacerlo, cambia el nombre de la Oficina de Apelaciones del IRS a Oficina de Apelaciones Independientes del IRS (Apelaciones Independientes) Las nuevas reglas requieren que el archivo del caso administrativo referido a Apelaciones Independientes esté disponible para ciertos contribuyentes [...]

CONTÁCTENOS

Rellene este formulario para ponerse en contacto con nosotros.

      Suscríbete a Newsletter
      SiNo

      OFFICE LINE

      1.800.555.6789

      EMERGENCY

      1.800.555.0000

      WORKING HOURS

      9:00am – 6:00pm

      OFFICE LINE

      1.800.555.6789

      EMERGENCY

      1.800.555.0000

      WORKING HOURS

      9:00am – 6:00pm

      Go to Top