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La tasa del impuesto estatal sobre las ventas para alquileres, arrendamientos o licencias para usar bienes inmuebles disminuye a 5.5% el 1 de enero de 2020.

A partir del 1 de enero de 2020, la tasa de impuestos estatales sobre las ventas impuesta bajo la sección 212.031, Estatutos de la Florida, sobre el alquiler total cobrado por alquilar, arrendar, alquilar o otorgar una licencia para usar bienes inmuebles se redujo de 5.7% a 5.5%. Algunos ejemplos de alquileres de bienes inmuebles sujetos a impuestos bajo la sección 212.031, Estatutos de la Florida, incluyen oficinas comerciales o locales comerciales, almacenes y unidades de autoalmacenamiento o mini almacenes.

El alquiler total cobrado incluye todas las contraprestaciones adeudadas y pagaderas por el inquilino al arrendador por el privilegio o derecho de usar u ocupar la propiedad real. La opción local de recargo por ventas discrecionales impuesta por el condado donde se encuentra la propiedad continúa aplicando al alquiler total cobrado.

El impuesto sobre las ventas se debe a la tasa vigente durante el tiempo que el inquilino ocupe o tenga derecho a ocupar los bienes inmuebles, independientemente de cuándo se pague el alquiler. Los cargos de alquiler pagados a partir del 1 de enero de 2020, para los períodos de alquiler anteriores al 1 de enero de 2020, están sujetos al impuesto estatal sobre las ventas del 5.7%, más cualquier impuesto adicional sobre las ventas aplicable. Los pagos de alquiler realizados antes del 1 de enero de 2020, que dan derecho al inquilino a ocupar los bienes inmuebles a partir del 1 de enero de 2020, están sujetos al impuesto estatal sobre las ventas del 5.5%, más cualquier impuesto adicional de venta discrecional aplicable.

Cuando el monto de los cargos totales de alquiler se encuentra entre los montos completos en dólares, el sistema de soporte debe usarse para calcular el impuesto combinado y el impuesto adicional.

La disminución en la tasa del impuesto sobre las ventas del estado por alquilar, arrendar, alquilar u otorgar una licencia para usar bienes inmuebles (alquileres comerciales) no se aplica al impuesto impuesto al estacionamiento o almacenamiento de vehículos automotores, el atraque o el almacenamiento de embarcaciones, o amarrar -Abajo o almacenamiento de aeronaves.

La información sobre el informe adecuado del impuesto adeudado sobre alquileres comerciales está disponible en el sitio web del Departamento en floridarevenue.com/forms, bajo Impuesto sobre ventas y uso en el folleto GT-800016, Impuesto sobre ventas y uso en el alquiler, arrendamiento o licencia de uso comercial Propiedad real

Referencias: Sección 5, Capítulo 2019-42, Leyes de Florida; Secciones 212.031 (1) (c) y (e) y 212.099, Estatutos de Florida

Para más información

Este documento tiene la intención de alertarlo sobre los requisitos contenidos en las leyes y normas administrativas de Florida. No crea, por efecto propio, derechos ni exige cumplimiento.

Para obtener formularios y otra información, visite el sitio web del Departamento en floridarevenue.com o llame a Servicios al contribuyente al 850-488-6800, de lunes a viernes (excepto festivos).

Para obtener una respuesta detallada por escrito a sus preguntas, escriba al Departamento de Ingresos de Florida, Servicios al Contribuyente MS 3-2000, 5050 West Tennessee Street, Tallahassee, FL 32399-0112.

El presidente Trump Firma el Acta para el Contribuyente Primero:

El 1 de julio, el presidente promulgó la Ley del contribuyente primero de 2019 (la Ley) (P.L. 116-25), que cambia la administración y la supervisión del IRS con el objetivo de mejorar el servicio al cliente y el proceso para ayudar a los contribuyentes con las apelaciones; modifica la organización del IRS; y proporciona algunas nuevas garantías a los contribuyentes en sus interacciones con el IRS. Como se explica en este artículo, la firma del presidente establece la fecha de entrada en vigencia de las disposiciones que tienen una fecha efectiva orientada a la fecha de promulgación del 1 de julio de 2019, incluidas estas disposiciones más ampliamente aplicables:

Establecimiento de la Oficina de Apelaciones Independiente del IRS. La Ley codifica los requisitos de una función administrativa independiente de apelaciones en el IRS (estas reglas se habían incluido en las reglas internas del IRS). Al hacerlo, cambia el nombre de la Oficina de Apelaciones del IRS a Oficina de Apelaciones Independientes del IRS (Apelaciones Independientes)

Las nuevas reglas requieren que el archivo del caso administrativo referido a Apelaciones Independientes esté disponible para ciertos contribuyentes individuales y de pequeñas empresas. Los contribuyentes elegibles son aquellos que, para el año fiscal al que se refiere la disputa, son: (1) personas con ingresos brutos ajustados que no superan los $ 400,000, y (2) entidades con ingresos brutos que no superan los $ 5 millones para el año fiscal. (Código Sec. 7803 (e) (7))

Cuando el IRS ha emitido una notificación de deficiencia a un contribuyente, el IRS debe prescribir procedimientos de notificación y protesta para los contribuyentes cuya solicitud de consideración de Apelaciones Independientes se deniegue. (Código Sec. 7803 (e) (5))

Las reglas de las Apelaciones independientes generalmente entran en vigencia el 1 de julio de 2019, excepto en lo que respecta al cambio que permite el acceso de los contribuyentes a los archivos de casos, que es efectivo para los casos en que la conferencia se realice más de un año después del 1 de julio de 2019. (Ley Sec. 1001 (e))

Estrategia integral de atención al cliente. La Ley requiere que el IRS desarrolle una estrategia integral para el servicio al cliente, presente dicho plan al Congreso a más tardar el 2 de julio de 2020 (la fecha que es un año después de la fecha de promulgación) y que el plan y los materiales de capacitación estén disponibles para El público dentro de los dos años de esa fecha.

La estrategia incluirá, entre otras cosas, un plan para determinar los niveles adecuados de servicios en línea, servicios de devolución de llamadas telefónicas y capacitación de los empleados que brindan servicios al cliente, según las mejores prácticas de negocios y diseñados para satisfacer las expectativas razonables de los clientes. (Ley Sec. 1101)

John Doe convoca. Con vigencia para las citaciones que se entregaron después del 15 de agosto de 2019 (la fecha es 45 días después de la fecha de promulgación), la Ley impide que el IRS emita una citación John Doe (una que no identifique al contribuyente) a menos que la información que se busca sea los obtenidos se ajustan de manera limitada y se refieren a la falla (o falla potencial) de la persona o grupo o clase de personas a las que se refiere el estatuto para cumplir con una o más disposiciones del Código que se han identificado. (Código Sec. 7609 (f), según la ley enmendada Sec. 1204 (a))

Impuestos recaudados por agencias de cobro privadas. Como parte de su revisión de las reglas que permiten que las agencias privadas de cobro de deudas cobren las deudas tributarias, la Ley establece que, para los contratos con recaudadores privados que se suscriban después del 1 de julio de 2019, un contrato de recaudación de impuestos calificado es aquel que: (entre otros requisitos) solicita el pago completo a un contribuyente de los impuestos federales adeudados y, si el contribuyente no puede satisfacer dicha solicitud, le ofrece al contribuyente un acuerdo de pago a plazos para el pago total de los impuestos adeudados durante un período que no debe exceder los 7 años. (Había estado 5 años bajo la ley anterior). (Código Sec. 6306 (b) (1) (B), enmendado por la Ley Sec. 1205 (c))

Aviso al contribuyente de contacto del IRS con un tercero. Con vigencia para los avisos proporcionados y los contactos de las personas realizadas después del 15 de agosto de 2019 (es decir, más de 45 días después de la fecha de promulgación), la Ley establece que el IRS no puede comunicarse con ninguna otra persona que no sea el contribuyente con respecto a la determinación. o el cobro de la obligación tributaria del contribuyente sin avisar al contribuyente al menos 45 días antes del comienzo del período de contacto. Esto reemplaza el requisito de que se proporcione un aviso razonable «por adelantado» al contribuyente. El período de contacto no podrá ser superior a un año. La Ley exige que se proporcione un aviso solo si existe una intención actual en el momento en que se entrega dicho aviso para que el IRS establezca dichos contactos. (Código Sec. 7602 (c) (1), según la ley enmendada Sec. 1206)

INVERSIÓN EB-5: SE ESPERAN NUEVAS REGULACIONES PARA AUMENTAR UNA INVERSIÓN MÍNIMA DE $ 500,000 A $ 1.35 MILLONES

EB-5

El 27 de junio de 2019, la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB) informó en su sitio web que ha finalizado su revisión de las regulaciones de la era de Obama que implicarían cambios significativos en el monto mínimo de inversión, así como otros cambios consecuentes.

Las regulaciones han propuesto aumentar la inversión mínima de $ 500,000 a $ 1.35 millones, y la inversión de $ 1 millón a $ 1.8 millones. Tras la publicación del reglamento en el Registro Federal, la fecha de entrada en vigencia final puede ser de 30 a 60 días.

Se recomienda que los inversionistas potenciales que buscan una visa EB-5 comiencen inmediatamente a organizar su documentación que demuestre su fuente legal de fondos. Luego, deben seleccionar sus proyectos de inversión para presentar su petición I-526 antes de la fecha de vigencia de las nuevas regulaciones. De manera similar, los proyectos que buscan inversionistas EB-5 deberán asegurarse de que sus inversionistas hayan presentado sus peticiones antes de la fecha límite.

E Visas:

Alternativamente, los inversionistas potenciales que buscan un EB-5 también deberían considerar una visa de inversionista E-2. Son una opción atractiva para personas de negocios, inversionistas, gerentes y empleados extranjeros que desean permanecer en los Estados Unidos por períodos prolongados de tiempo para supervisar:

Una empresa que participa en el comercio entre los Estados Unidos y un país extranjero; o

Una importante inversión en los Estados Unidos.

La visa E no es solo para cualquier persona que tenga un comercio o una inversión. Esta clase de visa es exclusivamente para lo que USCIS denomina «comerciantes e inversionistas de tratados». Esto significa que todos los solicitantes deben ser ciudadanos de un país que posee un tratado de comercio y comercio con los Estados Unidos.

E Visa continua

Si se está preguntando si su país es un país con tratado, puede buscarlo en la lista completa que proporciona el Departamento de Estado.  Favor de ver seguir el enlace debajo para ver su país:

https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/fees/treaty.html

Las regulaciones establecen que usted debe ser ciudadano de uno de estos países, pero no necesariamente tiene que estar viviendo allí.

INVERSOR EN TRATADO (E-2) VISA

Los solicitantes de inversionistas tratados deben cumplir con requisitos específicos para calificar para una visa de inversionista (E-2) bajo la ley de inmigración. El funcionario consular determinará si el solicitante de un inversionista del tratado califica para una visa.

El inversionista, ya sea una persona real o corporativa, debe ser un nacional de un país con tratado.

La inversión debe ser sustancial. (Por lo general, $ 100,000 en una cuenta bancaria corporativa) Debe ser suficiente para garantizar el funcionamiento exitoso de la empresa. El porcentaje de inversión para una empresa comercial de bajo costo debe ser mayor que el porcentaje de inversión en una empresa de alto costo.

La inversión debe ser una verdadera empresa operadora. La inversión especulativa o inactiva no califica. Los fondos no comprometidos en una cuenta bancaria o un valor similar no se consideran una inversión.

La inversión puede no ser marginal. Debe generar un ingreso significativamente mayor que solo para proporcionar un sustento al inversionista y a la familia, o debe tener un impacto económico significativo en los EE. UU.

El inversor debe tener el control de los fondos y la inversión debe estar en riesgo en el sentido comercial. Los préstamos garantizados con los activos de la empresa de inversión no están permitidos.

El inversor debe venir a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir la empresa. Si el solicitante no es el inversionista principal, él o ella debe ser empleado en una capacidad de supervisión, ejecutivo o habilidad altamente especializada. Los trabajadores ordinarios, calificados y no calificados no califican.

 

Nueva multa de USD$ 25,000 por no reportar una LLC de un solo miembro extranjero

¿Qué es una LLC de un solo miembro y qué significa ser una Entidad ignorada?

Para efectos fiscales en los EE. UU., Una compañía de responsabilidad limitada (LLC), que tiene un solo propietario extranjero (Un solo miembro de la LLC) y no está clasificada como una corporación, generalmente no se tiene en cuenta como un agente independiente (una Entidad ignorada). Es decir, las actividades económicas de la LLC se atribuyen al propietario de la LLC a efectos fiscales, como si la LLC no existiera. Entre otras cosas, este concepto básicamente le permite a un extranjero usar una LLC para realizar ciertas actividades económicas de manera “anónima”, utilizando responsabilidad limitada sin generar más obligaciones fiscales o de información que hubieran tenido al hacer las mismas cosas en su propio nombre.

¿Cuáles son las estructuras típicas afectadas?

 Los extranjeros han usado tradicionalmente las LLC para realizar las siguientes actividades sin tener que declarar nada en los Estados Unidos:

  • Mantenga las cuentas bancarias en los Estados Unidos a nombre de una compañía, pero con los mismos beneficios fiscales de una persona física.
  • Llevar a cabo negocios de comercio internacional utilizando una LLC de los Estados Unidos.
  • Comprar inmuebles con responsabilidad personal limitada y sin publicar el nombre del beneficiario final en los registros públicos.
  • Ser una subsidiaria de una empresa extranjera que realiza cualquiera de las actividades mencionadas anteriormente, etc.

¿Qué información requiere la nueva regla?

En preparación para intercambiar más información con otros países, a fines de 2017, el Congreso revisó la ley para que las LLC ya no se consideraran transparentes para informar sobre sus transacciones internacionales y propiedad extranjera. A partir del año fiscal 2017, las LLC con propietarios extranjeros y las transacciones reportables deben:

  1. Solicitar un número de contribuyente, para lo cual puede ser necesario que el beneficiario final presente su número de contribuyente (ITIN) o solicite uno.
  2. Identificar e informar sobre los propietarios extranjeros (directos e indirectos) de la LLC, incluyendo los propietarios beneficiarios finales.
  3. Desglose las transacciones «reportables» entre la LLC y sus propietarios y / u otras «empresas relacionadas».
  4. Reporte el valor total de los activos de la LLC.
  5. Mantener libros y registros sujetos a auditoría.

Las corporaciones de propiedad extranjera ya estaban sujetas al formulario 5472, y los requisitos para las LLC son básicamente los mismos con una excepción importante. La definición de «transacciones reportables» se amplió para que las LLC incluyeran no solo elementos como pagos y préstamos, sino también aportes de capital y distribuciones. Por lo tanto, puede ser fácil que el formulario 5472 y la información correspondiente tengan que ser presentados por cada LLC anualmente.

¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento?

Sin mencionar las consecuencias penales por eludir intencionadamente las obligaciones fiscales o informativas, la multa por no presentar un Formulario 5472, incluso sin intención, se incrementó de $ 10,000 para el año fiscal 2017 a $ 25,000 en el 2018. La multa también se aplica cuando está incompleta, o se presenta la forma tarde.   Debido a que se envía un formulario separado para cada «parte relacionada» en cada año en que se produce una transacción reportable, la multa puede multiplicarse fácilmente. Además, el hecho de no mantener libros actualizados para verificar las transacciones constituye una multa adicional de $ 25,000. Ambas multas aumentan en $ 25,000 cada mes que continúa el incumplimiento en caso de que la infracción no se resuelva dentro de los 90 días posteriores a que la autoridad fiscal envíe la notificación de una multa. Si la LLC no paga la multa, el gravamen fiscal podría extenderse a los activos de la LLC incluso si se transfieren a otro propietario y, en algunos casos, se puede hacer cumplir en contra de los propietarios de la LLC.

¿Cómo nuestro estudio puede que cumplamos con esta nueva obligación informativa?

  • Ayuda a regularizar cualquier falla en la presentación del formulario 5472 para el año fiscal 2017 en adelante.
  • Proporcionar asesoramiento sobre lo que es una transacción reportable que desencadena la necesidad de declarar.
  • Ayudar a obtener los números de identificación del contribuyente cuando sea necesario.
  • Mantenimiento de los libros de la compañía para evitar una multa de $ 25,000 por año.

Amnistía Tributaria En USA

Ciudadanos y Residentes de USA que residen fuera de los Estados Unidos tienen una obligación de presentar sus declaraciones en los estados unidos anualmente.

El fiscal de los Estados Unidos ha descubierto que muchos de los ciudadanos y residentes de USA (tributantes) que viven en el extranjero no han emitidos sus declaraciones al IRS (fiscal americano).   Esto es un delito en los Estados Unidos sujeto a penalidades e impuestos que pueden tener un gran impacto en el tributante.

En nuestra practica hemos visto familias que vienen a los estados unidos y solicitan su residencia (Green Card), otros se hacen ciudadanos y otros vienen solo para que sus hijos nazcan en este país y obtengan la ciudadanía americana automáticamente.  Después regresan a su país a vivir y no saben que tienen una responsabilidad legal de continuar presentando sus declaraciones de impuestos en los estados unidos por sus ingresos mundialmente. En este mundo global que los gobiernos se están comunicando y cruzando información bancaria entre ellos por varios acuerdos que ya existen, es solo un tiempo antes que encuentren a estos tributantes americanos que no hayan seguido la ley del país.

Ahora hay un programa de amnistía específicamente para estos tributantes sin tener que pagar penalidades.   Solo haciendo sus declaraciones por los últimos 3 años se ponen en orden legalmente.

Elegibilidad sobre el plan de amnistía con el fiscal de los Estados Unidos:

Además de tener que cumplir con los criterios generales de elegibilidad, los tributantes estadounidenses que deseen utilizar los “Procedimientos Simplificado Extranjeros” descritos en esta sección deben:

(1) cumplir el requisito de no residencia que se describe a continuación

(2) no han informado los ingresos de un activo financiero extranjero y no han pagado impuestos según lo requiere la ley de los Estados Unidos, y pueden haber fallado en presentar una FBAR (FinCEN Form 114, previamente Formulario TD F 90-22.1) con respecto a sus cuentas financieras del extranjero, y tales fallas resultaron de una conducta no intencional. La conducta no intencional es conducta que se debe a negligencia, inadvertencia, o error o conducta que es el resultado de una mala interpretación de los requisitos de la ley.

Requisito de no residencia aplicable a personas que son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (es decir, «portadores de tarjetas verdes o Green Card»): Los ciudadanos estadounidenses individuales o residentes permanentes legales cumplen con el requisito de no residencia Si, en uno o más de los últimos tres años para los cuales la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos de los Estados Unidos (o debidamente aplicada para la fecha de vencimiento extendida) ha pasado, el individuo no tenía un domicilio en los Estados Unidos y el individuo estaba físicamente fuera de los Estados Unidos Por lo menos 330 días completos.

Ejemplo: El Sr. W nació en los Estados Unidos, pero se mudó a Alemania con sus padres cuando tenía cinco años, vivió allí desde entonces, y no tiene una residencia de los Estados Unidos.  Solo visito a los Estados Unidos por 2 semanas (15 dias) de vacaciones. El Sr. W cumple con el requisito de no residencia aplicable a individuos que son ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes.

Descripción del alcance y efecto de los procedimientos

Los tributantes estadounidenses (ciudadanos estadounidenses y residentes) elegibles para usar los Procedimientos Extranjeros Simplificados deben:

(1) para cada uno de los últimos 3 años de los cuales La fecha de vencimiento de la declaración de impuestos de los Estados Unidos (o aplicada apropiadamente para la fecha de vencimiento extendida) se vencieron, deben presentar las declaraciones de impuestos morosas o modificadas, junto con todas las devoluciones de información requeridas (por ejemplo, los Formularios 3520, 5471 y 8938).

(2) Los últimos 6 años para los cuales la fecha de vencimiento del FBAR (cuentas financieras en el exterior) ha pasado, declarar cualquier FBAR (Formulario FinCEN 114, anteriormente Forma. TD F 90-22.1) previamente no presentado.  El monto total del impuesto y los intereses adeudados en relación con estos documentos deben ser remitidos con los retornos enmendados. NO hay penalidades.

Un tributante que sea elegible para usar estos Procedimientos Offshore Extranjeros Simplificados (amnistía) y que cumpla con todas las instrucciones descritas no estará sujeto a sanciones por incumplimiento de pago, sanciones relacionadas con exactitud, multas por devolución de información o FBAR penalizaciones. Incluso si las declaraciones debidamente declaradas bajo estos procedimientos son posteriormente seleccionadas para la auditoría bajo los procesos de selección de auditoría existente, el tributante no estará sujeto a sanciones por incumplimiento de pago o por falta de pago o penalidades relacionadas con la exactitud con respecto a las cantidades reportadas Devoluciones o penalidades de devolución de información o penalidades de FBAR, a menos que el examen dé lugar a una determinación de que el incumplimiento de impuestos original fue fraudulento y / o que la violación FBAR fue intencional.

Si desean saber más sobre este programa favor de ver este sitio del IRS (fiscal americano):

https://www.irs.gov/spanish/esconder-dinero-o-ingresos-en-el-extranjero-permanece-en-la-docena-sucia-de-estafas-tributarias-del-2015

Si les interesa hablar sobre el tema un poco mas profundo, favor de comunicarse con nuestro estudio.

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